Más de 800 mil firmas piden el cese del fiscal argentino que justificó la violación como un “desahogo sexual”
Para el fiscal Fernando Rivarola, la violación grupal de ‘La manada de Chubut’ a una adolescente de 16 años “indefensa” y en estado de “semi inconsciencia” no fue más que un “accionar doloso de desahogo sexual” de los seis imputados. Con ese argumento, este fiscal ha decidido rebajar los cargos de “abuso con acceso carnal” a “abuso sexual simple”, y además acordar la realización de un juicio abreviado con los abogados defensores. ¿Resultado? Ninguno de los seis implicados cumplirá cárcel por sus acciones.
La decisión ha generado indignación en Argentina. Más de 810.000 personas ya se han adherido a una petición en Change.org que reclama el cese de Rivarola por “condonar el abuso sexual”y pide al juez penal a cargo de la causa, Marcelo Nieto di Biase, que no acepte ni la caracterización ni la rebaja de cargos propuesta por el fiscal.
Todo empezó en 2012
En 2012, el nieto de un exgobernador argentino organizó una fiesta en su casa en la provincia de Chubut (Argentina) y durante la fiesta seis hombres (cuatro adultos y dos menores de edad) violaron a una joven de 16 años. La amiga que la encontró siendo violada afirmó que casi no podía mantenerse de pie. Días después, la víctima empezó a recibir amenazas y presiones para que no denunciara y finalmente se mudó a más de 1000 km de Puerto Madryn, su ciudad. Además, en esta ciudad todo el mundo sabía lo que había ocurrido porque los violadores alardearon públicamente sobre ello.
La adolescente intentó suicidarse después de lo ocurrido y luego recibió atención psicológica para víctimas de violencia sexual. Siete años después, en 2019, la chica decidió contar su historia a través de Facebook, más de 60 personas testificaron a su favor y finalmente denunció el caso.
¿Quiénes son los acusados?
Los seis implicados son hijos de familias argentinas muy poderosas, por eso les llaman “los hijos del poder” de Chubut. Entre los imputados hay nietos de un ex gobernador, hijos de senadores y de conocidos empresarios de la región. Concretamente se llaman Robertino Viglione, Luciano Mallemaci, Joaquín Pérez, Tomás Soriano, Marcelo Ezequiel Quintana y Leandro del Villar.
“Desahogo sexual”
El fiscal Fernando Rivarola -autor de otras acusaciones polémicas- definió la presunta violación grupal como “accionar doloso de desahogo sexual”. Esta justificación fue muy criticada por distintas políticas y organizaciones feministas, pero el Ministerio Público Fiscal defendió al fiscal con el siguiente comunicado: “En palabras simples el abuso sexual es justamente una conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el conocimiento de la víctima, que va a cometer un ataque sexual, que se trata de un delito, y consciente de ello avanza sin consideración del daño que va a provocar en esta. Eso es dolo.”
Este comunicado comportó el aumento de críticas hacía el fiscal y el sistema judicial. “No es un fiscal el problema, es el derecho como institución patriarcal”, escribió en su cuenta de Twitter, Sabrina Cartabia, abogada y cofundadora del colectivo Ni Una Menos.
“Llamar ‘desahogo sexual’ al ‘abuso sexual’ en el marco de una causa judicial es absolutamente repudiable. Es la clara evidencia de la falta de perspectiva de género en la administración de justicia y de la ausencia de capacitación de muchxs integrantes del Poder Judicial”, afirmó la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta. “El problema son las fuentes que usamos para aplicar la ley. Se sigue citando a esas obras viejísimas que dicen barbaridades” dijo María Piqué, profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal en la UBA.
Dos sentencias similares en una misma semana
La sentencia de la manada de Chubut coincide con la segunda sentencia de La Manada española, que ha vuelto a sentarse en el banquillo de los acusados por otra violación grupal a una chica semiinconsciente en Pozoblanco. En este último caso, los acusados han sido condenados por abuso sexual (no se considera agresión porque la víctima estaba inconsciente y no opuso resistencia). Concretamente, a un año y seis meses de cárcel por el abuso, y a un año y cuatro meses por grabarla. Es decir, la pena por abuso sexual es igual a la pena por delito contra la intimidad.
Dos países lejanos, dos sistemas judiciales hechos por y para hombres, dos sentencias denigrantes. ¿Coincidencia?